En cumplimiento de su compromiso con la protección de la libre competencia económica, Taxi Imperial S.A.S. prohíbe cualquier práctica que pueda vulnerarla, estableciendo una política aplicable a colaboradores, directivos, socios, proveedores y terceros relacionados, quienes deben actuar bajo los más altos estándares éticos, respaldados por el Manual Para la Protección de la Libre Competencia Económica disponible en www.taxiimperial.com.co
Compromisos |
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1. Fomentar una cultura preventiva contra prácticas anticompetitivas mediante e liderazgo de la Alta Dirección, capacitación continua y comunicación efectiva con las partes interesadas. |
2. Implementar medidas de prevención, control y erradicación de conductas que vulneren la libre competencia económica, aplicables a todas las personas naturales y jurídicas vinculadas directa o indirectamente con Taxi Imperial S.A.S. |
3. Garantizar el cumplimiento de requisitos legales y contractuales establecidos por OPAIN S.A., asegurando el mejoramiento continuo del programa de protección para la libre competencia económica. |
4. Asegurar el cumplimiento del Decreto 1079 de 2015, Capítulo 3, sobre el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en Vehículos Taxi, verificando que las empresas afiliadoras no impongan condiciones adicionales que afecten la libre competencia económica. |
En Relación con nuestros vinculados |
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1. No se restringirá el acceso a Taxi Imperial S.A.S., salvo en los casos en que no se cumplan las exigencias legales o los requisitos del contrato con OPAIN S.A., o si se incurre en incumplimientos del Reglamento Interno de Disciplina de Taxi Imperial o de las empresas afiliadas (Radio Taxi Aeropuerto, Rentaxi, etc.). También se podrán realizar búsquedas internas de antecedentes judiciales con la autorización del vinculado. |
2. Está prohibido solicitar o recibir dádivas, así como prometer preferencias en el trato, en relación con actos de corrupción a cualquier nivel de la compañía. |
3. No se permitirá llevar a cabo negociaciones anticompetitivas con proveedores que puedan afectar la libre elección de productos o servicios para los vinculados. |
4. Se comunicará en nuestra página web www.taxiimperial.com.co los requisitos asociados al contrato con OPAIN S.A., así como el Reglamento Interno de Disciplina. |
En Relación con nuestros Proveedores |
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1. No mantener negociaciones que puedan afectar a los vinculados o clientes debido a la falta de claridad en los servicios o productos requeridos. |
2. No vincular negociaciones a nuestra actividad comercial. |
3. No limitar el acceso de proveedores a los contactos de gerencia o compras para obtener beneficios personales. |
4. No restringir el acceso a la oferta de servicios o productos. |
5. No seleccionar proveedores sin basarse en criterios objetivos de la compañía. |
En Relación con nuestros clientes |
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1. No promover ni establecer precios en alianza con los vinculados para el servicio de taxis (clientes empresariales), ni intercambiar información que pueda llevar a la adopción de prácticas anticompetitivas. |
2. No ofrecer servicios o productos que no estén permitidos por la empresa. |
3. No utilizar el nombre de Taxi Imperial S.A.S. para ofrecer productos o servicios distintos a los establecidos por la compañía. |
4. No divulgar información sensible de la empresa que pueda beneficiar a un competidor. |
5. No obstruir ni impedir indebidamente a terceros el acceso a los mercados o canales de comercialización. |
6. No llevar a cabo conductas que infrinjan las normas de publicidad estipuladas en el Estatuto de Protección al Consumidor. |
7. No negar la venta o prestación de servicios a una empresa ni discriminar en su contra como forma de retaliación por su política de precios. |
1. Colusión o acuerdos con competidores, así como prácticas concertadas en materia comercial que perjudiquen a terceros. |
2. Intercambio de información comercial sensible con competidores. |
3. Imposición de ventas atadas o empaquetamiento. |
4. Incumplimiento de los deberes de información y colaboración con las autoridades. |
5. Discriminación arbitraria hacia vinculados o proveedores. |
6. Acuerdos con competidores para manipular procesos de licitación. |
7. Fijación, ya sea directa o indirecta, de precios de bienes o servicios en colaboración con competidores. |
SERVICIO DE TAXI
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